• Imprimir
  • Tamaño de
    Texto:

SERPOST - Importa Fácil

Es el procedimiento para que las personas naturales y empresas reciban bienes (compras u obsequios del extranjero) por el Servicio Postales del Perú S.A. SERPOST S.A ,  hasta por un valor FOB de US$ 2 000 por envío, que es el valor de la mercancía a bordo del transporte designado por el comprador en el lugar de embarque.

En este proceso la SUNAT ofrece un servicio gratuito encargándose de ciertas formalidades aduaneras junto con las obligaciones de la empresa SERPOST S.A .

Para acceder debes solicitar que tu envío se haga con el Servicio Postal nacional del país de origen.

Existen pagos y exoneraciones estarán en función del valor de los bienes o tipo de mercancías.

Si el monto de los productos que vas a importar supera los US$ 2 000, será obligatorio que para el despacho aduanero te asista una Agencia de Aduanas, realizando el trámite de Importación para el consumo.

El plazo máximo de conservación del envío postal en Perú es de 02 meses, luego del cual SERPOST S.A . podría devolverlo al país de origen o entregarlo a SUNAT.

Pueden acceder a este proceso las personas naturales o empresas que importen o reciban envíos como compras u obsequios del extranjero, hasta por un valor FOB de US$ 2000 por envío.

Toda persona natural con Documento Nacional de Identidad -DNI, Permiso Temporal de Permanencia – PTP, carné de extranjería o salvoconducto, excepcionalmente:

  • Puede realizar hasta 3 importaciones por año calendario, pero cada importación no podrá superar el valor FOB de US$ 1000.
  • Puede realizar 1 importación por año calendario con valor FOB superior a US$ 1000 y hasta US$ 2000.

Al superar estas opciones o si los bienes tienen fines comerciales deberán contar con RUC activo y habido según el régimen tributario  que corresponda.

Solo en el caso en que te notifique la Administración Aduanera, deberás remitir los documentos mediante la Mesa de Partes Virtual .

Los documentos que debes presentar en Importa fácil son los siguientes:

  • Comprobante de Pago: Puede ser factura, recibos, order, tickets. Estos deben contener información como nombre del vendedor o su identificación, Nombre o razón social del comprador, Nombre o razón social y dirección de la persona o empresa a quien se dirige la mercancía (si es diferente al comprador), Descripción de la mercancía lo más completa, Cantidad unitaria, Precio unitario y/o total, Moneda de la transacción comercial, fecha de la transacción.

  • Declaración Jurada de Valor: Se utiliza cuando no cuentas con el comprobante de pago y traes bienes sin carácter comercial.

  • Copia de DNI

  • Documento de Control:  Se presenta solo si se trae mercancía restringida, y lo tramitas ante la entidad que corresponda. Revísalas Aquí

  • Pasaporte: solo para el caso de equipaje no acompañado o menaje debes enviar escaneado tu pasaporte completo al correo: equipajepostal@sunat.gob.pe , debes colocar los datos generales, sello de salida del extranjero (o ticket aéreo otorgado por la misma aerolínea) y sello de ingreso al Perú.

Para hacerle seguimiento de la presentación de los documentos, comunícate a orientacionaerea_postal@sunat.gob.pe

 

Los bienes o productos considerados restringidos son aquellas que requieren un documento de control para ingresar o salir del país de una o más entidades competentes, para más información ingresa Aquí .

 

Los bienes o productos prohibidos son los que no pueden ingresar o salir del país.

A modo de ejemplo se mencionan las siguientes: 

 

                                        

                                                 

Conócelas todas Aquí

 

Los pagos y exoneraciones aplicadas a los bienes recibidos por los Servicios Postales del Perú S.A. SERPOST S.A están clasificados en función al valor FOB (se refiere al valor de la mercancía entregada a bordo del transporte designado por el comprador en el puerto de embarque) de los productos.

 

Descripción de los productos

Sub Partida Nacional - SPN

Ad valorem  (arancel)

IGV/ IPM

Hasta los US$ 200

9810.00.00.10

Exonerado de pago

Exonerado de pago

Mayores a US$ 200 hasta US$ 2000

9809.00.00.20

4%

18%

Excluidos de las Partida únicas 9810.00.00.10 y 9809.00.00.20

  • Afectas al impuesto selectivo al consumo;
  • Sujetas a recargos
  • Restringidas;
  • Donaciones;
  • Regularice algún régimen aduanero precedente
  • Se someta al régimen aduanero de exportación definitiva.

SPN de acuerdo con el Arancel de Aduanas

0%,6% u 11%

0% o 18%

 

Aviso Importante

  • Para el grupo de productos excluidos de las partidas únicas, se le asigna la subpartida nacional -SPN  normal de acuerdo a lo establecido en el libro Arancel de Aduanas, por lo tanto el pago de los tributos serán en función a la tasa arancel.  Sin embargo, para los envíos que no superen los US$ 200 donde se asigna SPN normal se aplica el Código Liberatorio N° 4468.
  • Cuando se trata de la importación de medicamentos para el tratamiento de enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes, para personas en tratamiento médico acreditado, por un valor FOB hasta US $ 10 000,00), debes usar los códigos liberatorios 4439 (medicamentos para enfermedades oncológicas y VIH/SIDA) y 4450 (medicamentos para la diabetes), para efectos de la inafectación del Impuesto General a las Ventas y de los derechos arancelarios.
  • Si llega uno o más paquetes en un mismo vuelo o nave para la misma persona o empresa, los valores de los paquetes se sumarán en una misma declaración y pagarán tributos si superan en total los US$ 200.

Los derechos aduaneros se calculan de la siguiente manera:

  • El derecho aduanero (Ad Valorem) aplica sobre el Valor CIF de la mercancía, que corresponde a la suma del valor de tu paquete en el país de origen, más el costo por flete y seguro.
  • El IGV aplica sobre el valor CIF y el derecho aduanero.

Ejemplo de Cálculo

Valor CIF:  US $ 1000

Derecho ad valorem (4% de 1000): US$ 40

IGV (18%) (sobre 1040): US$ 187.20

TOTAL A PAGAR: US$ 227.2

TCV del 21.07.21 S/. 3.956 (227.2): S/. 898.8

Aviso Importante

  • Los derechos arancelarios y demás tributos se expresan en dólares de los Estados Unidos de América y el pago se realiza en moneda nacional (soles) según tipo de cambio venta - TCV del día del pago.

El Proceso para recibir envíos por la empresa de SEPORST S.A correo postal del Perú.

Hazlo en 6 pasos

1. Coordinación de usar el servicio postal

La persona natural o empresa remite a Perú el paquete por el correo postal del país de origen.

2. SERPOST S.A. correo postal recibe el envió

El paquete llega a Perú vía aérea o marítima.

3. Conoce el tipo de envío

El paquete se traslada al Deposito Temporal Postal, a fin de que la Aduana ejerza control:

  • Cuando el valor es menos o igual a US$ 200, (no están incluidas las mercancías restringidas), no está afecta al pago de tributos. Ir al paso 6.
  • Cuando el valor es mayor US$ 200 hasta US$ 2000, o sea mercancía restringida.  Ir a paso 4.

4. SERPOST S.A. correo postal notifica los requerimientos de SUNAT

Serpost S.A. le notificará cuando su paquete llegue a Perú o cuando exista un requerimiento. Luego de ello la Aduana numera la Declaración Importa Fácil – DIF.

Los requerimientos de Aduanas pueden ser:

  • Por mercancía restringida: Cuando el bien que has traído necesita de un documento de la entidad competente, que autorice su ingreso al país, por ello que debes contactarte con la entidad que se te indica, y consultar como obtienes el permiso.
  • Por documentos sustentatorios: Cuando necesitamos verificar el valor del paquete o bien. Por tanto, debes remitir los documentos que posees, tales como: Factura, transferencia bancaria, u otros.

Para responder la notificación, deberás remitir los documentos, mediante la Mesa de Partes Virtual a la oficina División de Envíos Postales, para ello se recomienda consignar las siguientes opciones al ingresar tu expediente: Trámite: ADUANAS -Aduana: 235 - AEREA Y POSTAL EX-IAAC -Asunto de la solicitud: Respuesta a notificación - (Número de seguimiento de su envío postal / número de aviso de llegada) – Atención División de Envíos Postales.

Consulta tu notificación Aquí

Luego que respondas la notificación debes esperar la evaluación. Hazle seguimiento a Aquí .

5. Pago los tributos

Cancela los tributos en bancos autorizados por la SUNAT (BCP, BBVA, Scotiabank, Pichincha, BANBIF) con el número de Código de Documento Aduanero (CDA) detallado en la Declaración Importa Fácil

6. Entrega de la mercancía

Coordina la entrega del paquete con Serpost S.A.

Primero debes conocer la situación de tu paquete, para ello debes contar con el Documento Postal de Origen - DPO, normalmente es el número tracking (debe ser proporcionado por quien envía el paquete). Ahora sigue estos 02 pasos:

  1. Búscalo en el portal de SERPOST S.A. Aquí .
  2. Búscalo en portal de la SUNAT Aquí. Puedes ver la DEMO Aquí .

Si no encuentras información te brindamos las posibles razones:

  • Se trata de un paquete de Distribución Directa (DD): Cuando el valor es igual o menor a US$ 200 (no están incluidas las mercancías restringidas). Asimismo, estos paquetes no son revisados por Aduanas, el responsable de su distribución es SERPOST SA.
  • Se trata de un paquete de servicio común u ordinario: Serpost S.A no brinda la trazabilidad de ellos; sin embargo, sí debe informar la fecha de su entrega.

Para solicitar la rectificación de la Declaración Importa Facil - DIF, deberás contar con la documentación que sustente la rectificación de tu declaración y presentarlo junto con la Solicitud de rectificación a través de la Mesa de Partes Virtual .

Se recomienda consignar las siguientes opciones al ingresar tu expediente:

-Trámite: ADUANAS -Aduana: 235 - AEREA Y POSTAL EX-IAAC -Asunto de la solicitud: RECTIFICACIÓN DEL VALOR - (Indique su número de seguimiento de su envío postal / número de aviso de llegada, número de notificación) – Atención División de Envíos Postales -Datos del Solicitante: Consignar su información y detalle de su solicitud -Datos Relacionados al Trámite Aduanero: Es opcional. No es necesario completar los datos de esta sección. -Archivos a Adjuntar: Adjuntar la documentación requerida (Adicionalmente se recomienda adjuntar la Notificación de su envío postal o la Declaración de Importa Fácil - DIF)

Las solicitudes de rectificación de Valor FOB deben ser evaluados, en base a los valores referenciales de la Cartilla de Referencia de Valores,  sin perjuicio que el destinatario pueda solicitar aplicación Métodos de Valoración del Acuerdo del Valor de la OMC en concordancia con el  Procedimiento específico “Valoración de mercancías según el acuerdo del valor de la OMC” DESPA-PE.01.10a.

La devolución o reexpedición es el retorno o regreso del paquete al país de origen, y el encargado de hacer este trámite es Serpost S.A.

Los paquetes que no retornan a origen son aquellos en los que el remitente indicó en el DPO (tracking o seguimiento); que se debían abandonar, no devolver, o no retornar al país de origen y aquellos que por políticas de seguridad de Serpost S.A. no podrán retornarse ni devolverse, por ejemplo envíos prohibidos en el transporte postal.

Puedes hacerlo en 3 pasos

1. Acércate a las oficinas autorizadas de Serpost o comunícate al correo electrónico atencionalcliente@serpost.com.pe y solicita el retorno indicando el número de DPO (tracking o seguimiento).

2. Serpost verificará si es posible el retorno del paquete a origen de acuerdo con sus políticas, así como también si se encuentra dentro de los plazos establecidos por la SUNAT. En caso sea posible el retorno, Serpost transmite ante SUNAT.

3. De ser conforme, la SUNAT autoriza la solicitud para que Serpost proceda con la devolución o reexpedición, lo registra en el sistema y devuelve la solicitud a Serpost.