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Menaje

Se considera menaje de casa al conjunto de muebles y enseres del hogar, nuevos o usados, de propiedad del pasajero y/o su familia, en caso de unidad familiar (conformada por el jefe de familia, padres, cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años).

Para ingresar menaje de casa al país pagarás una tasa especial del 12% sobre el valor de los bienes, para ello debes cumplir una serie de requisitos y realizar un trámite ante la Aduana.

Para la salida de menaje de casa del país no se pagará derechos aduaneros, pero debes cumplir con el trámite ante Aduana.

Pueden acceder cualquier pasajero independientemente de su nacionalidad o lugar de residencia, siempre que se cumpla con los requisitos y condiciones entre estos su permanencia en el exterior no menor a 13 meses consecutivos a su anteriores a su llegada.

El menaje de casa debe pagar un tributo único de 12 % sobre el valor en aduana, está constituido por la sumatoria del valor FOB de la mercancía más el valor del flete y seguro internacional. El valor en aduana lo determina la Aduana según la normatividad vigente.
 

El ingreso del menaje de casa se rige por 03 reglas:

  1. Debe ingresar como carga dentro del plazo de 01 mes antes y hasta 06 meses después de la fecha de llegada del viajero.

  2. El viajero debe acreditar una permanencia en el exterior no menor a 13 meses consecutivos anteriores a su llegada. Este plazo se no debe ser interrumpido por los ingresos ocasionales al país que tenga el viajero, no mayores a 30 días calendario consecutivos o alternados durante cada año.

  3. El viajero no debe haber hecho uso de este beneficio en los últimos 02 años computados a la fecha de numeración de la Declaración Simplificada de Importación.

Menaje de casa es conjunto de muebles y enseres del hogar, nuevos o usados ser nuevo o usado y estar comprendido en el listado del artículo 14 del Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa.

                                                                                 

  • Muebles en general 
  • Mantelería y ropa de cama 
  • Cristalería, vajilla, cubiertos y demás servicios de mesa 
  • Artículos de cocina y repostería 
  • Artículos de decoración del hogar incluyendo pinturas originales o copias 
  • Artículos para limpieza y usos análogos en el hogar 
  • Herramientas domésticas 
  • Bicicletas 
  • Artículos eléctricos de uso doméstico, 01 de cada tipo.
  • Libros, 01 por título 
  • 03 alfombras o tapices 
  • 01 teléfono de abonado 
  • Aparatos de televisión 
  • Aparatos de reproducción de música 
  • Aparatos de reproducción de discos digitales de vídeo 
  • 01 computadora personal y sus periféricos 
  • 01 aparato facsímil 
  • 01 aparato o equipo de gimnasio 
  • 100 unidades en conjunto de discos fonográficos, discos compactos, discos de vídeo digitales, cintas magnetofónicas, casetes y videocasetes usados 
  • Juguetes 
  • Otros bienes de uso y consumo en el hogar 

Cuando no se precisa la cantidad de bienes, ésta debe guardar concordancia con el número de la unidad familiar y tener una variedad que haga presumir que no va a ser destinada al comercio.

Aviso Importante:

  • Existen artefactos electrónicos como las refrigeradoras, aires acondicionados que son consideras mercancías restringidas por contener sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono – SAO, es por ello por lo que se requiere de un documento de control (permiso, autorización) emitido por Dirección de General de Asuntos Ambientales – DGAA de PRODUCE.  De tener dudas acerca de las restricciones o como obtener el documento de control, comuníquese con el PRODUCE

Para gozar del beneficio y solo pagar un tributo único de 12 % sobre el valor en aduana; debes cumplir los requisitos y realizar un trámite ante la Aduana.

Requisitos

  1. Pasaporte o documento oficial.
  2. Declaración Simplificada de Importación - DSI (formato gratuito proporcionado por la Aduana).
  3. Documento de transporte internacional (emitido por la empresa transportista que trae los bienes al país).
  4. Volante de despacho (documento emitido por el almacén donde ingresan los bienes).
  5. Póliza de seguro (solo si es que los bienes están asegurados).
  6. Autorización del sector competente (solo para mercancías que sean restringidas).
  7. Carta poder notarial (solo si un tercero realiza el trámite).
  8. Partida de defunción visada por el Cónsul peruano del país donde ocurrió el deceso (solo cuando se trate de menaje de un peruano fallecido en el exterior).
  9. Documento que acredite la filiación: partida de matrimonio si el solicitante es el cónyuge del fallecido, partida de nacimiento si el solicitante es uno de los padres o hijo del fallecido, o de otro heredero que acredite su derecho de dichos bienes, previa autorización de la Aduana.

Hazlo en 4 pasos:

1. Acércate a la Aduana

Acércate a la ventanilla de la Intendencia de Aduana por donde ingresaron tus bienes, con tu pasaporte o documento oficial y los demás documentos, y solicita el formato de la Declaración Simplificada de Importación (DSI), el cual debes llenar y firmar.

2. Espera el control aduanero

Espera a que el funcionario aduanero realice el reconocimiento físico de tu menaje de casa. Concluido el control sin ninguna observación, registrará el Levante Autorizado. Si el funcionario aduanero realiza alguna observación o solicita algún documento adicional, deberás subsanar la observación o presentar lo solicitado.

3 Paga el impuesto

El funcionario aduanero numerará tu DSI, y te indicará el monto que debes pagar (en dólares americanos), en cualquier banco comercial con tu número de DSI. La cancelación debe hacerla en soles.

4 Retira tu menaje

Otorgado el Levante Autorizado en tu DSI, puedes acercarte con la copia, tu pasaporte o documento oficial al almacén donde se encuentra tu menaje de casa para su recojo.

Los costos por la Distribución Física Internacional (almacenaje, transporte, manipuleo, entre otros), deberá coordinarlos con sus Operadores de Comercio Exterior, ya que estos no son cobrados por la Aduanas.

  • Transporte (flete o envío) desde el país de origen.
  • Costos de la empresa transportista (marítima, aérea o terrestre) en el país donde de origen.
  • Costos de la empresa transportista (marítima, aérea o terrestre) de Perú.
  • Agente de Aduanas o tramitador en caso de haber decidido contratar los servicios (no es obligatorio su contratación)
  • Costos de manipulación del contenedor en puerto, de corresponder
  • Deposito aduanero privado, de corresponder
  • Transporte interno (hasta la dirección del domicilio)

Para la salida de menaje de casa se debe de realizar el trámite de Exportación Simplificada de Exportación: Equipaje y Menaje de Casa, además no se paga tributo alguno en Aduanas.

Requisitos

El trámite lo realiza el exportador o tercero se identifica con su documento de identidad y presenta:

  1. Declaración Simplificada de Exportación (formato gratuito proporcionado por Aduanas).
  2. Copia del documento de identidad del exportador extranjero que no cuente con RUC.
  3. Carta Poder Notarial (CPN) cuando el trámite lo realiza un tercero ( modelo de CPN para persona natural o CPN para persona jurídica ).
  4. Declaración jurada del exportador señalando el contenido de los bienes e indicando que el embarque no contiene mercancías que pertenezcan al patrimonio cultural de la nación ni cualquier otra mercancía prohibida.
  5. Copia del documento de transporte (conocimiento de embarque, carta de porte aérea, carta de porte terrestre o declaración jurada del flete), según el medio de transporte a utilizar.  En caso se utilice la vía marítima, el conocimiento de embarque se presenta en la regularización.
  6. Listado de bienes.

Aviso importante:

Por la situación actual, comuníquese primero a los correos electrónicos de la Intendencias de Aduana donde corresponde realizar el trámite. Encuéntrelos Aquí